CIERRE DE SUCURSAL O REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE SOCIEDAD CONSTITUIDA EN EL EXTRANJERO

Acto mediante el cual la sociedad extranjera determina voluntariamente el cierre de la sucursal o representación permanente aperturada en el territorio boliviano.

 

Requisitos

  1. Formulario Nº 0090 de solicitud de Registro de Finalización de Actividades, cierre y Cancelación de Matrícula de sociedad constituida en el extranjero, con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal.
  2. Balance de cierre (final) firmado por el representante legal de la sucursal, acompañando la solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores.
  3. Testimonio de escritura pública de cierre de sucursal o representación permanente que contenga la minuta debidamente suscrita por el representante legal facultado al efecto y la protocolización, previa orden judicial, del acta de la sociedad matriz que contenga la voluntad de la sociedad de cerrar la sucursal o representación permanente aperturada en Bolivia.
  4. Publicación in extenso del Testimonio de la Escritura Pública respectiva en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio de Bolivia.
  5. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial cuente con la Matrícula de Comercio actualizada.

 

Costos

Empresa Unipersonal: Bs, 389,00

S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs, 680,50

S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs, 875,00

Plazos: Siete días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.